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ConvocatoriaDOG · 01/09/2026
Convocatoria Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia - Escala de veterinaria Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia - Escala de veterinaria

Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia · Galicia

Plazas de acceso libre
64
Fin de plazo
29/09/2026
Oposición Funcionario de carrera

Fuente: DOG ↗ · Cómo verificamos esta información

Publicada en septiembre de 20266 min de lectura

Oposición de Veterinaria en la Xunta de Galicia (2026): 64 plazas y claves

La Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia convoca 64 plazas de acceso libre para el Cuerpo facultativo superior de Administración especial, escala de veterinaria, en Galicia. El sistema selectivo es la oposición y exige licenciatura o grado en Veterinaria. La convocatoria combina test, supuestos prácticos, desarrollo escrito y acreditación de gallego, con un primer examen que no se celebrará antes de seis meses desde su publicación.

Requisitos para la oposición de Veterinaria en la Xunta de Galicia

Tener la licenciatura o el grado en Veterinaria. Si el título se obtuvo en el extranjero, debe acreditarse la convalidación, homologación o reconocimiento profesional que corresponda.

Las personas que opten por el cupo de discapacidad deben acreditar un grado igual o superior al 33 % antes de que termine el plazo de solicitudes e indicarlo expresamente en la inscripción.

Quienes no tengan validada la titulación en su expediente electrónico deben tramitar su acreditación a través de Fides antes de que finalice el plazo de presentación.

La solicitud debe presentarse por vía electrónica. La convocatoria fija un plazo de 20 días hábiles, contado desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia. La tasa debe abonarse conforme al importe vigente y las bases contemplan exenciones totales y parciales en determinados supuestos.

Además aplican los requisitos generales de todo empleo público (nacionalidad, capacidad funcional, edad y no estar inhabilitado), detallados en las bases oficiales.

Examen de la oposición de Veterinaria: fases y ejercicios

El sistema selectivo es la oposición. Todos los ejercicios son obligatorios y eliminatorios, y la calificación final se obtiene sumando las puntuaciones de los ejercicios puntuables. La prueba de gallego se valora como apto o no apto.

La oposición incluye tres ejercicios puntuables y una prueba de acreditación del conocimiento de la lengua gallega. La preparación debe cubrir tanto la parte general como los 66 temas de la parte específica del programa.

Antes del examen

Inscripción

Las solicitudes se presentan electrónicamente durante 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOG. La inscripción se realiza en el portal corporativo de la Xunta, dentro de «Procesos selectivos» y «Generación y presentación de solicitudes de procesos selectivos».

Admisión

Tras la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se dispone de 10 días hábiles para corregir defectos o alegar sobre la exención de la prueba de gallego.

Primer y segundo ejercicio

Se celebran en la misma sesión, con una duración conjunta máxima de 240 minutos. La fecha no será anterior a seis meses desde la publicación de la convocatoria en el DOG.

Tercer ejercicio

Debe realizarse entre un mínimo de 2 días hábiles y un máximo de 40 días hábiles desde el final del ejercicio anterior.

Los ejercicios

Tipo test

Primer ejercicio: cuestionario teórico

140 preguntasHasta 36 puntosPenaliza errores

Consiste en un cuestionario de 140 preguntas tipo test: 40 de la parte general y 100 de la parte específica. Incluye 8 preguntas de reserva y cada pregunta ofrece cuatro respuestas alternativas.

Cada respuesta incorrecta descuenta un cuarto de una respuesta correcta. Las preguntas no contestadas no penalizan. En el acceso libre superan el ejercicio las mejores puntuaciones hasta un máximo de 320 personas, siempre que se alcance el mínimo del 40 % de respuestas correctas una vez aplicados los descuentos.

El ejercicio se califica de 0 a 36 puntos y exige un mínimo de 18 puntos. Conviene trabajar desde el principio con simulacros completos y una estrategia de control de errores.

Tipo test

Segundo ejercicio: cuestionario sobre supuestos prácticos

40 preguntasPenaliza errores

Consiste en un cuestionario tipo test de 40 preguntas sobre 2 supuestos prácticos de la parte específica, con 20 preguntas para cada supuesto. Cada supuesto incorpora 2 preguntas de reserva.

La corrección aplica una penalización de un cuarto de pregunta correcta por cada respuesta incorrecta. Las preguntas no contestadas no penalizan. En el acceso libre es necesario alcanzar al menos el 50 % de respuestas correctas, una vez realizados los descuentos.

La calificación va de 0 a 14 puntos y se requieren 7 puntos. Este ejercicio solo se corrige si se supera el primero, por lo que conviene practicar la resolución rápida de casos sobre sanidad animal, seguridad alimentaria y controles oficiales.

Tercer ejercicio: desarrollo escrito de temas

240 minutosHasta 50 puntos

Consiste en desarrollar por escrito 2 temas, elegidos entre 5 temas extraídos por sorteo de la parte específica. El tiempo máximo es de 240 minutos.

Se califica de 0 a 50 puntos y exige un mínimo de 25 puntos. Se valoran los conocimientos, la claridad, el orden de las ideas y la calidad de la expresión escrita.

La preparación debe combinar esquemas de temas, práctica de introducciones y conclusiones, y simulacros escritos completos dentro del tiempo máximo.

Supuesto práctico

Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua gallega

60 minutos

Incluye dos traducciones: una del castellano al gallego y otra del gallego al castellano. El tiempo máximo es de 60 minutos.

La prueba se valora como apto o no apto. Se exige el nivel Celga 4. Quienes acrediten este nivel o un título equivalente quedan exentos si lo tramitan correctamente antes de que finalice el plazo de solicitudes.

Conviene revisar con antelación la acreditación del Celga 4 en Fides y practicar traducciones administrativas si debe realizarse la prueba.

¿Por qué te conviene la oposición de Veterinaria en Galicia?

Esta convocatoria se dirige principalmente a personas con licenciatura o grado en Veterinaria que quieran acceder como personal funcionario de carrera de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. El puesto pertenece al subgrupo A1 y exige afrontar un programa amplio, con contenidos de legislación administrativa, seguridad alimentaria, sanidad animal, bienestar animal, pesca y acuicultura.

  • Ofrece 64 plazas de acceso libre para una escala especializada de Veterinaria.
  • El sistema es exclusivamente de oposición y la puntuación final depende de los ejercicios realizados.
  • El programa específico conecta directamente con áreas profesionales veterinarias como seguridad alimentaria, inspección, sanidad animal y control pesquero.
  • La convocatoria detalla las puntuaciones máximas y mínimas de los tres ejercicios puntuables.
  • El primer y segundo ejercicio se celebran en la misma sesión, lo que permite organizar desde el inicio una preparación conjunta de test teórico y casos prácticos.

Estrategias de estudio personalizadas y prácticas

  • Plan por ejercicios: Prepara el primer y segundo ejercicio como un bloque: practica cuestionarios de la parte general y específica, y añade sesiones específicas de supuestos prácticos sobre controles oficiales y normativa veterinaria.
  • Prioridad a la parte específica: Organiza el temario por áreas: seguridad alimentaria, higiene de alimentos de origen animal, sanidad animal, bienestar, medicamentos veterinarios, piensos y pesca. Así podrás relacionar normas que aparecen en varios temas.
  • Entrenamiento de la penalización: En los test, registra los errores y calcula el efecto de la penalización de un cuarto de respuesta correcta. Practica cuándo responder y cuándo dejar una pregunta en blanco.
  • Preparación del desarrollo escrito: Redacta temas completos de la parte específica en sesiones de 240 minutos. Trabaja especialmente la estructura, la claridad y la actualización de normas como el Reglamento (UE) 2017/625 y el Reglamento (UE) 2016/429.
  • Control de la normativa sectorial: Crea cuadros comparativos para diferenciar la normativa de carne, moluscos bivalvos, pesca, leche, huevos, piensos y bienestar animal. Este sistema facilita la revisión de artículos, obligaciones y controles.
  • Gallego y gestión documental: Comprueba desde el inicio si el Celga 4 está validado en Fides. Si necesitas realizar la prueba, practica las dos direcciones de traducción y deja preparada la elección del idioma del cuestionario antes de presentar la solicitud.

La oposición de Veterinaria de la Xunta de Galicia exige dominar un programa jurídico y técnico extenso, además de entrenar cuatro pruebas con formatos diferentes. Nuestro temario organiza la normativa administrativa, alimentaria, sanitaria y ganadera para que puedas estudiar con una estructura clara. Consulta siempre la resolución y sus posibles anuncios posteriores en las fuentes oficiales: el DOG y el portal corporativo de la Xunta, xunta.gal/funcion-publica.

Temario de la oposición de Veterinaria — Xunta de Galicia (2026)

79
TEMAS

El temario de la oposición de Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia - Escala de veterinaria — Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (2026) consta de 79 temas, tal y como aparecen en las bases oficiales de la convocatoria.

  • Tema 1: La Constitución española de 1978: título preliminar, título I (artículos 10, 14, 23, capítulo IV y capítulo V) y título VIII.
  • Tema 2: Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía para Galicia: título I, título II y título III.
  • Tema 3: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título III, título IV (capítulo I y capítulo IV) y título V.
Ver los 10 temas restantes
  • Tema 4: Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia: título preliminar, título I, capítulo I.
  • Tema 5: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar, capítulos III y IV.
  • Tema 6: Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico: título preliminar, título I.
  • Tema 7: Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III, título VI (capítulos III y IV) y título VIII.
  • Tema 8: Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: título I, título II, título III y título VIII.
  • Tema 9: Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia: títulos preliminar, I, II (capítulos I, II y XI), VI, VII y VIII. Título I de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
  • Tema 10: Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: título preliminar y títulos I y II.
  • Tema 11: Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno: título preliminar y título I.
  • Tema 12: Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • Tema 13: Ley 9/2017, de contratos del sector público, libros I y II.
  • Tema 1: La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad. Título preliminar: derecho a la protección de la salud. Título I, capítulo II (actuaciones sanitarias del sistema de salud), capítulo V (intervención pública en relación con la salud individual colectiva) y capítulo VI (infracciones y sanciones). Título II Competencia de las administraciones públicas.
  • Tema 2: La Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. Capítulo preliminar, disposiciones generales. Capítulo I, medidas de prevención y seguridad de los alimentos y piensos. Capítulo III, control oficial y coordinación administrativa. Capítulo IV, instrumentos de seguridad alimentaria. Capítulo VI, laboratorios. Capítulo VIII, publicidad de alimentos. Capítulo IX, potestad sancionadora. Infracciones y sanciones.
  • Tema 3: La Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. Título preliminar: objeto, alcance y definiciones. Artículo 33: concepto de autoridad sanitaria. Artículo 34: intervenciones públicas sobre actividades, centros y bienes. Artículo 37: la inspección sanitaria. Artículo 38: medidas preventivas en materia de salud pública. La Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública. Título preliminar: disposiciones generales y la política de salud pública. Título I: derechos, deberes y obligaciones en salud pública.
Ver los 63 temas restantes
  • Tema 4: El Reglamento (CE) nº 178/2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria. El Reglamento (UE) nº 931/2011, relativo a los requisitos en materia de trazabilidad establecidos por el Reglamento (CE) nº 178/2002.
  • Tema 5: El Reglamento (CE) nº 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (excepto capítulo V y disposiciones finales). Comunicación de la Comisión sobre la aplicación de sistemas de gestión de la seguridad alimentaria que contemplan buenas prácticas de higiene y procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), especialmente la facilitación/flexibilidad respecto de su aplicación en determinadas empresas alimentarias (2022/C 355/01) (excepto anexos).
  • Tema 6: Real decreto 1021/2022 por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en los establecimientos de comercio al por menor.
  • Tema 7: Real decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
  • Tema 8: El Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (excepto capítulo IV, disposiciones finales y anexo III). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano. Título I: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Título II: requisitos específicos para la realización de controles oficiales y frecuencia mínima uniforme de tales controles de los productos de origen animal.
  • Tema 9: Sector cárnico. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: anexo III, sección I (carne de ungulados domésticos), sección II (carne de aves de corral y lagomorfos) y sección III (carne de caza de cría).
  • Tema 10: Sector cárnico. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: anexo III, sección IV (carne de caza silvestre), sección V (carne picada, preparados de carne y carne separada mecánicamente) y sección VI (productos cárnicos).
  • Tema 11: Sector cárnico. Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título III (requisitos específicos para la realización de los controles oficiales y frecuencia mínima uniforme de tales controles de carne fresca) y anexo II (modalidades prácticas de marcado sanitario).
  • Tema 12: Moluscos bivalvos vivos. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección VII del anexo III (moluscos bivalvos vivos). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título V (requisitos específicos relativos a los controles oficiales de moluscos bivalvos vivos procedentes de zonas de producción y reinstalación clasificadas) y anexo IV (método de referencia para el análisis de E. Coli en moluscos bivalvos vivos para la clasificación de las zonas de producción y reinstalación). Orden de 15 de enero de 2002 por la que se regula la extracción y comercialización de vieira (Pecten maximus).
  • Tema 13: Productos de la pesca. El Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección VIII del anexo III (productos de la pesca). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título VI (requisitos específicos y frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de los productos de la pesca) y anexo VI (modalidades prácticas de los controles oficiales de los productos de la pesca).
  • Tema 14: Leche y productos lácteos. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección IX del anexo III (leche cruda y productos lácteos). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título IV (requisitos específicos y frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de leche cruda, calostro, productos lácteos y productos a base de calostro, necesarios para hacer frente a los peligros y riesgos uniformes reconocidos) y anexo III (métodos de análisis de la leche cruda y la leche de vaca tratada térmicamente).
  • Tema 15: Huevos y ovoprodutos. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección X del anexo III (huevos y ovoprodutos). Reglamento delegado (UE) nº 2023/2465 de la Comisión, de 17 de agosto de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en el que se refiere a las normas de comercialización de los huevos y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 589/2008 de la Comisión: artículos 1 a 26 y anexo II (requisitos mínimos para los sistemas de producción de cría de gallinas ponedoras). Real decreto 1027/2024, de 8 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea de comercialización de huevos.
  • Tema 16: Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizadas para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios: título I (objeto, ámbito de aplicación y definiciones), título II (controles oficiales y otras actividades oficiales en los Estados miembros).
  • Tema 17: Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizadas para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios: título III (laboratorios y centros de referencia), título IV (asistencia y cooperación administrativas), título V (planificación e informes) y anexo III (caracterización de los métodos de análisis).
  • Tema 18: El Real decreto 562/2025, de 1 de julio, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados sobre la cadena agroalimentaria y operaciones relacionadas.
  • Tema 19: Reglamento (CE) nº 2073/2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios: artículos 1 a 11. Interpretación de los resultados de las pruebas establecidos en el capítulo I (criterios de seguridad alimentaria) y en el capítulo II (criterios de higiene de los procesos) del anexo I. El Reglamento de ejecución (UE) 2015/1375, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne. Capítulo I (disposición general) y capítulo II (obligaciones de las autoridades competentes y de los operadores de empresas alimentarias).
  • Tema 20: El Reglamento (UE) 2023/915, relativo a los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos, excepto los anexos. Reglamento de ejecución (UE) 2023/2782 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2023, por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control del contenido de micotoxinas en los alimentos (artículos 1 y 2 y parte I del anexo I). Reglamento (CE) 1882/2006 por el que se establecen los métodos de muestreo y de análisis para el control oficial del contenido de nitratos en ciertos productos alimenticios (artículos 1 y 2 y partes A y B del anexo –excepto los cuadros recogidos en el epígrafe B2–). Reglamento (CE) 333/2007 por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control oficial de los niveles de plomo, cadmio, mercurio, estaño inorgánico, 3-MCPD y benzo(a)pireno en los productos alimenticios (artículos 1 a 3 y partes A y B del anexo –excepto los cuadros recogidos en el epígrafe B2–). Reglamento (UE) 2017/644 por el que se establecen métodos de muestreo y de análisis para el control de los niveles de dioxinas, PCB similares a las dioxinas y PCB no similares a las dioxinas en determinados productos alimenticios (artículos 1 a 6 y partes I y II del anexo II).
  • Tema 21: Real decreto 191/2011, sobre Registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos. Decreto 74/2025, por el que se regula el Registro Gallego sanitario de empresas y establecimientos alimentarios y se establecen requisitos de higiene en la producción y comercialización para determinados establecimientos.
  • Tema 22: El Reglamento (CE) 1333/2008, sobre aditivos alimentarios (artículos 1 a 35 y anexo I). Reglamento (CE) 1935/2004 sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (artículos 1 a 28 y anexos I y II).
  • Tema 23: Real decreto 3/2023 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (capítulos I, II, III y VI). Real decreto 1798/2010 por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, excepto los anexos. Real decreto 1799/2010 por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano, excepto los anexos.
  • Tema 24: Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, excepto los anexos IV y del XIII al XV. Real decreto 1808/1991 por el que se regulan las menciones o marcas que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio.
  • Tema 25: Reglamento (UE) 1924/2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos.
  • Tema 26: Norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presentan sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor, aprobada por el Real decreto 126/2015, de 27 de febrero.
  • Tema 27: La Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal: título I (disposiciones generales), capítulo I del título II (prevención de las enfermedades de los animales), capítulo III del título II (lucha, control y erradicación de enfermedades de los animales), capítulo V del título II (laboratorios), capítulo IV del título III (ordenación sanitaria del mercado de los animales) y título V (inspecciones, infracciones y sanciones).
  • Tema 28: Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales: capítulo 1 (objeto, finalidad, ámbito de aplicación y definiciones), capítulo 2 (enfermedades de la lista, enfermedades emergentes y especies de la lista) y capítulo 3 (responsabilidad en materia de sanidad animal) de la parte I; capítulo 1 (notificación de las enfermedades y envío de informes) y capítulo 2 (vigilancia) de la parte II; y título II (medidas de control de enfermedades) de la parte III. El Reglamento de ejecución 2020/688 por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar: parte I (disposiciones generales) y capítulo 1 (requisitos generales para los desplazamientos de animales terrestres en cautividad y huevos para incubar dentro de la Unión) y del capítulo 2 (sección 1 –bovinos– y sección 3 –porcinos–) de la parte II.
  • Tema 29: Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal (Legislación sobre sanidad animal). Parte IV, título II: capítulo 1 (secciones 1, 2 y 4 excepto artículos 189 y 190). Reglamento delegado (UE) 2020/691 por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para los establecimientos de acuicultura y los transportistas de animales acuáticos. Artículos 2, 3 y 4.
  • Tema 30: Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal (Legislación sobre sanidad animal). Parte IV, título II: capítulo 2 (sección 1, sección 5 excepto artículos 211, 213, 214 y 218, y sección 6 excepto artículo 221). Reglamento delegado (UE) 2020/990, referente a los requisitos zoosanitarios y de certificación para los desplazamientos dentro de la Unión de animales acuáticos y productos de origen animal procedentes de animales acuáticos. Parte I: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Parte II: capítulo 1 (requisitos generales de los operadores aplicables al transporte de los animales acuáticos), y capítulo 3, sección 3 (normas sobre la responsabilidad de la autoridad competente en lo que respecta a la certificación zoosanitaria). Reglamento de ejecución (UE) 2018/1882, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista. Artículos 1, 2, 3 y anexo en lo referente a enfermedades de la lista correspondientes a peces, moluscos y crustáceos. Reglamento de ejecución (UE) 2020/2236 por el que se establecen normas para la aplicación de los reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios para la entrada en la Unión y los desplazamientos dentro de la Unión de las partidas de animales acuáticos y de determinados productos de origen animal procedentes de animales acuáticos, así como la certificación oficial relativa a dichos certificados, y se deroga el Reglamento (CE) 1251/2008, excepto los anexos.
  • Tema 31: El Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega). El Real decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro General de Movimientos de Ganado (Remo) y el Registro General de Identificación Individual de los Animales (Riia).
  • Tema 32: El Real decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos mínimos generales de las explotaciones y de su funcionamiento –excepto artículos 9 y 10–), capítulo III (identificación y movimiento de animales) y capítulo IV (autorización y registro de explotaciones) y anexos I (valores de equivalencia para el cálculo de UGM), VI (movimientos autorizados entre explotaciones de ganado bovino) y VII (contenido mínimo del libro de registro).
  • Tema 33: El Real decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (condiciones mínimas de funcionamiento –excepto artículos 9, 10 y 11–) y capítulo III (identificación de los animales y registro de las explotaciones de ganado porcino) y los anexos V (distancias mínimas entre explotaciones y entre explotaciones y otros establecimientos o instalaciones) y VI (movimientos entre explotaciones de ganado porcino).
  • Tema 34: El Real decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos mínimos generales de las explotaciones y de su funcionamiento –excepto artículos 11, 12 y 13–), capítulo III (movimiento e identificación de animales) y capítulo IV (autorización y registro de explotaciones) y el anexo VI (movimientos entre explotaciones ganaderas).
  • Tema 35: El Real decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. El Real decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
  • Tema 36: El Real decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.
  • Tema 37: El Real decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (medios y plazos de identificación –artículos 5 la 8, 15 y 16–), capítulo III (documentos de identificación), capítulo IV (documentos que acompañan al movimiento), capítulo V (libro de registro de explotación) y capítulo VI (bases de datos informatizadas) y los anexos I (apartados A a Ñ) y II (apartados 1 a 5, 7 y 10).
  • Tema 38: El Real decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
  • Tema 39: El Real decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos: capítulo I (disposiciones generales). Capítulo I (vigilancia de las zoonosis y de los agentes zoonóticos), capítulo III (resistencia a los antimicrobianos), capítulo IV (brotes de zoonosis) y anexo I (sobre la zoonosis y agentes zoonóticos que deben ser objeto de vigilancia). El Reglamento (CE) 2160/2003 sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos: capítulo I (disposiciones introductorias), capítulo II (objetivos comunitarios), capítulo III (programas de control), anexo I (zoonosis y agentes zoonóticos con respecto a los cuales se fijarán objetivos comunitarios de reducción de la prevalencia) y anexo II (control de las zoonosis y de los agentes zoonóticos).
  • Tema 40: El Reglamento (CE) 999/2001 por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (determinación de la calificación sanitaria respecto de la EEB), capítulo III (prevención de las EET) y capítulo IV (control y erradicación de las EET).
  • Tema 41: El Real decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino. El Real decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky.
  • Tema 42: El Reglamento (UE) 2019/6, sobre medicamentos veterinarios: capítulo I (objeto, ámbito de aplicación y definiciones) y capítulo VII (suministro y uso). El Real decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios.
  • Tema 43: El Real decreto 2178/2004, de 12 de noviembre, por el que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas de uso en la cría del ganado. El Reglamento delegado (UE) 2019/2090, que complementa al Reglamento (UE) 2017/625 en lo que respecta a los casos de sospecha o constatación de incumplimiento de las normas de la Unión aplicables al uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas o sus residuos en medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, o de las normas de la Unión aplicables al uso de sustancias farmacológicamente activas no autorizadas o prohibidas, o sus residuos.
  • Tema 44: El Reglamento (CE) 1069/2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano: título I (disposiciones comunes) y capítulo I (obligaciones generales) del título II.
  • Tema 45: El Reglamento (UE) 142/2011 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y a los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma: capítulo V (recogida, transporte, identificación y trazabilidad) y anexo X (materias primas para alimentación animal). El Real decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y a los productos derivados no destinados al consumo humano: artículo 17 (recogida, transporte e identificación), artículo 18 (documento comercial y certificado sanitario) y artículo 20 (registro y autorización).
  • Tema 46: El Reglamento (CE) 183/2005 por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos. El Real decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el Registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión nacional de coordinación en materia de alimentación animal: artículos 1 a 15 y anexo I (establecimientos de piensos que tienen que figurar en los registros gestionados por las autoridades competentes), anexo II (datos mínimos del establecimiento y del operador de piensos responsable del establecimiento, que deben figurar en el Registro General) y anexo III (datos mínimos de la lista y número de identificación de los establecimientos de piensos sometidos a autorización).
  • Tema 47: El Reglamento (CE) 767/2009 sobre la comercialización y la utilización de los piensos: capítulo 1 (disposiciones preliminares), capítulo 2 (requisitos generales), capítulo 3 (comercialización de tipos específicos de piensos), capítulo 4 (etiquetado, presentación y envasado), capítulo 5 (catálogo comunitario de materias primas para piensos y códigos comunitarios de buenas prácticas de etiquetado) y anexo III (lista de materias primas cuya comercialización o utilización para la alimentación animal está prohibida o restringida).
  • Tema 48: El Reglamento (UE) 2019/4, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos: capítulo 1 (objeto, ámbito de aplicación y definiciones), capítulo 2 (fabricación, almacenamiento, transporte y comercialización), capítulo 3 (autorización de establecimientos), capítulo 4 (prescripción y uso) y anexo I (requisitos específicos para los explotadores de empresas de piensos), anexo III (requisitos de etiquetados específicos) y anexo V (información que debe incluirse en la prescripción veterinaria para el pienso medicamentoso). El Reglamento (CE) 1831/2003, sobre los aditivos en la alimentación animal: capítulo I (ámbito de aplicación y definiciones), capítulo III (etiquetado y envasado) y anexo I (grupo de aditivos).
  • Tema 49: El Real decreto 989/2022, de 29 de noviembre, por lo que se establecen normas básicas para el registro de los agentes del sector lácteo, movimientos de la leche y el control en el ámbito de la producción primaria y hasta la primera descarga.
  • Tema 50: El Real decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos de autorización y funciones de las entidades de control lechero), capítulo III (normas para el desarrollo del control del rendimiento lechero), capítulo IV (estructuras y herramientas de coordinación y apoyo del control lechero) y capítulo V (supervisión del control del rendimiento lechero).
  • Tema 51: El Real decreto 429/2022, de 7 de junio, por el que se establecen normas para la comercialización de los productos reproductivos de las especies ganaderas en el ámbito nacional y se regulan medidas para la aplicación de la normativa europea aplicable a los desplazamientos dentro de la Unión Europea de productos reproductivos de las especies ganaderas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y équidos en el ámbito intracomunitario), capítulo III (requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización de productos reproductivos en el ámbito nacional), capítulo IV (distribuidores de productos reproductivos en el ámbito nacional), capítulo V (Registro general de establecimientos y distribuidores de productos reproductivos y Registro Nacional de Bancos de Germoplasma).
  • Tema 52: El Real decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y se modifican los reales decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre, y 1625/2011, de 14 de noviembre: capítulo I (disposiciones generales) y capítulo II (programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas).
  • Tema 53: La Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
  • Tema 54: El Real decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas. El Real decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
  • Tema 55: El Real decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.
  • Tema 56: El Real decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras, excepto el anexo V (contenido mínimo del plan de adaptación). El Real decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne y se modifica el Real decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
  • Tema 57: El Reglamento (CE) 1/2005, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas: capítulo I (ámbito de aplicación, definiciones y condiciones generales aplicables al transporte de animales), capítulo II (organizadores, transportistas, poseedores y centros de concentración), capítulo III (deberes y obligaciones de las autoridades competentes), capítulo I del anexo I (aptitud para el transporte), capítulo II del anexo I (medios de transporte), capítulo III del anexo I (prácticas de transporte), capítulo V del anexo I (intervalos de suministro de agua, de alimentación y tiempo de viaje y de descanso), capítulo VI del anexo I (disposiciones complementarias para los viajes largos de équidos domésticos y animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina) y el anexo II (cuaderno de a bordo u hoja de ruta, excepto las secciones).
  • Tema 58: El Reglamento (CE) 1099/2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza: capítulo I (objeto, ámbito de aplicación y definiciones), capítulo II (requisitos generales), capítulo III (requisitos adicionales aplicables a los mataderos), capítulo IV (vaciado sanitario y matanza de emergencia), capítulo I con el anexo I (métodos), anexo II (diseño, construcción y equipamientos de los mataderos) y anexo III (normas de funcionamiento de los mataderos).
  • Tema 59: Ley 4/2017, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia: título preliminar y títulos I a VII.
  • Tema 60: La Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. El Real decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. El Registro gallego de identificación de animales de compañía (Regiac).
  • Tema 61: La Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos.
  • Tema 62: El Reglamento (UE) 1380/2013, sobre la política pesquera común: parte I (disposiciones generales), título I de la parte III (medidas de conservación), título II de la parte III (medidas específicas), parte VII (acuicultura) y parte IX (control y ejecución). Orden de 27 de julio de 2012 por la que se regulan los tamaños mínimos de diversos productos pesqueros en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto los anexos.
  • Tema 63: El Reglamento (CE) nº 1224/2009 por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común. Título I: disposiciones generales, título II: principios generales, y título V, capítulo I: disposiciones generales del control en la cadena de suministro.
  • Tema 64: La Ley 11/2008, de pesca de Galicia: título II (de la conservación y la gestión de los recursos pesqueros y marisqueros), título VIII (de la comercialización, la transformación y la promoción de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura) y del título XIV (del régimen sancionador) el capítulo I (disposiciones generales), los artículos 134, 135, 139, 140, 141 y 151, y el capítulo IV (procedimiento sancionador).
  • Tema 65: El Reglamento (UE) nº 1379/2013 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura: capítulo I (disposiciones generales), capítulo III (normas comunes de comercialización) y capítulo IV (información del consumidor).
  • Tema 66: Real decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.

Preguntas frecuentes

¿Qué titulación necesito para la oposición de Veterinaria de la Xunta de Galicia?

Debes tener o estar en condiciones de obtener la licenciatura o el grado en Veterinaria. Las titulaciones extranjeras requieren la acreditación que corresponda.

¿Cómo se presenta la solicitud para el Cuerpo facultativo superior de Veterinaria en Galicia?

La solicitud se presenta obligatoriamente por vía electrónica a través del portal corporativo de la Xunta, en la ruta de procesos selectivos. Puedes utilizar los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica, incluido Chave365.

¿Cuánto dura el plazo de inscripción en la oposición de Veterinaria de la Xunta?

El plazo es de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOG. Las bases no fijan en esta resolución un importe concreto de la tasa, que será el vigente al presentar la solicitud.

¿Cuándo será el primer examen de la oposición de Veterinaria en Galicia?

El primer y el segundo ejercicio se celebrarán en la misma sesión, pero no antes de que transcurran seis meses desde la publicación de la convocatoria en el DOG. La fecha concreta se anunciará posteriormente.

¿Qué nivel de gallego se exige para las plazas de Veterinaria de la Xunta?

La prueba exige acreditar el nivel Celga 4. Quienes ya dispongan de este nivel o de un título equivalente pueden quedar exentos si lo acreditan antes de que finalice el plazo de solicitudes.

¿Cómo es el examen de la oposición de Veterinaria de la Comunidad Autónoma de Galicia?

Incluye un primer test de 140 preguntas, un segundo test de 40 preguntas sobre dos supuestos prácticos, un desarrollo escrito de 2 temas elegidos entre 5 y una prueba de gallego, salvo exención.

¿Puedo solicitar adaptaciones si me presento al proceso de Veterinaria de la Xunta?

Las personas con discapacidad pueden solicitar adaptaciones de tiempo o medios en la propia solicitud. También deben indicar expresamente si optan por el cupo reservado, que exige un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

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