Arquitecto/a Técnico/a

El Arquitecto/a Técnico/a del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet supervisa proyectos de construcción, garantiza el cumplimiento normativo y coordina equipos técnicos. Su labor es clave para el desarrollo urbano sostenible, mejorando la calidad de vida de los ciudadanos y promoviendo un entorno seguro y funcional.

El sistema de acceso es: Concurso - Oposición

  • 4

    Plazas de acceso libre

  • Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet

  • Funcionario

  • Inscripciones hasta el 09/02/2026

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Oposiciones de Hoy

Actualizado a enero del 2026

Convocatoria clave: plazas para Arquitecto/a Técnico/a en el Ayuntamiento local — cómo afrontarlas y por qué interesa

La presente guía resume de forma práctica y actualizada la convocatoria publicada por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet para cubrir 4 plazas de Arquitecto/a Técnico/a mediante concurso-oposición (turno libre). Además, la convocatoria incluye una plaza reservada al turno de promoción interna, pero este artículo se centra en las 4 plazas de acceso libre.

Se trata de un proceso selectivo de carácter funcionarial, con jornada ordinaria y una retribución anual de 42.077,28 €. El sistema previsto es concurso-oposición, con una fase de oposición con un máximo de 20 puntos (pruebas teóricas y prácticas y pruebas de idiomas cuando procedan) y una fase de concurso con un máximo de 10 puntos para méritos (experiencia, formación y competencias digitales). Las solicitudes deben presentarse en la OIAC o por medios electrónicos en el plazo previsto (ver apartado de presentación). La convocatoria prevé además la creación de una bolsa de trabajo para los aspirantes que superen la oposición pero no obtengan plaza.

Este artículo es un resumen informativo y orientador. Es importante que consultes siempre las bases oficiales del procedimiento y los textos completos publicados por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña para confirmar plazos, requisitos y posibles modificaciones.

Requisitos del proceso selectivo

Antes de presentar tu instancia, te recomendamos comprobar punto por punto estos requisitos específicos que figuran en las bases. No olvides que el acceso es para Arquitecto/a Técnico/a y que todas las menciones al organismo convocante aparecen en la publicación oficial del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet.

  • Titulación: estar en posesión del Grado en Arquitectura Técnica y de la Edificación o título equivalente que habilite para el ejercicio profesional de Arquitecto/a Técnico/a. Si el título es extranjero, el/la aspirante debe aportar la certificación de homologación o validez correspondiente.
  • Edad: haber cumplido 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa en el momento del cierre del plazo de solicitudes.
  • Nacionalidad: ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea (u otros supuestos recogidos por tratados internacionales). En caso de no ser nacional español, hay que aportar la documentación que acredite la nacionalidad vigente.
  • Idiomas: requisito de nivel de catalán certificado (nivel C1) expedido por la Dirección General de Política Lingüística o título equivalente. Quienes no acrediten el nivel serán convocados a una prueba de catalán en la fase de oposición. Además, los aspirantes sin nacionalidad española deben acreditar el conocimiento del castellano (DELE C2) o superar la prueba de castellano prevista.
  • Documentación para la solicitud: instancia normalizada dirigida a la Alcaldía y presentada en la Oficina d'Informació i Atenció al Ciutadà (OIAC) del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet o por cualquiera de las vías electrónicas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El plazo de presentación es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOE.
  • Acreditación de identidad y títulos: junto con la instancia deberás aportar fotocopia del DNI o documento identificativo y copia de los títulos o certificados exigidos. El currículum vitae y la relación de méritos se presentan en la instancia, pero la documentación justificativa de los méritos solo deberá aportarse si se supera la fase de oposición (ver apartado de concurso).
  • Adaptaciones: las personas con discapacidad que soliciten adaptaciones en la realización de las pruebas deben adjuntar el certificado oficial de valoración que especifique la limitación y la adaptación solicitada.
  • Tasas: en las bases específicas facilitadas no figura el importe concreto de las tasas por derechos de examen. Es importante revisar las bases generales del Ayuntamiento o el anuncio complementario en la web municipal (www.gramenet.cat) para conocer la cuantía y la forma de pago. Te recomendamos tener preparada la documentación para justificar exenciones o bonificaciones si procede.

Fases del proceso selectivo

La convocatoria se articula como concurso-oposición. A continuación resumimos el sistema de valoración y el contenido de cada fase. Ten en cuenta que la puntuación global máxima es de 30 puntos: 20 en oposición y 10 en concurso.

Fase de oposición

La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y un valor máximo de 20 puntos. Las pruebas que la componen son las siguientes:

  • Prueba de castellano (cuando proceda): destinada a quienes no tengan nacionalidad española y no acrediten documentalmente el requisito. Consiste en la redacción en castellano de un texto de al menos 200 palabras y una conversación con el tribunal. Esta prueba será eliminatoria, tendrá una duración máxima de 1 hora y se calificará como apto/a o no apto/a.
  • Prueba de catalán: dirigida a acreditar el nivel C1 (MECR). La prueba tendrá una duración aproximada de 1 hora y 40 minutos, será eliminatoria y se calificará como apto/a o no apto/a. Quedan exentos quienes aporten la certificación oficial equivalente.
  • Conocimientos teóricos (test): cuestionario de preguntas tipo test con cuatro opciones y una sola respuesta correcta. El número de preguntas y la duración serán determinados por el tribunal antes de la prueba. La valoración es de 0 a 10 puntos. Se exige una puntuación mínima de 5 puntos para superarla. Las respuestas erróneas penalizan: descuentan un 25% del valor de una respuesta correcta. Las preguntas sin contestar no restan puntuación.
  • Conocimientos prácticos (supuestos): resolución por escrito de uno o varios supuestos prácticos vinculados a las funciones del puesto. Esta prueba se valora de 0 a 10 puntos y exige igualmente una puntuación mínima de 5 puntos para ser superada. El tribunal podrá permitir el uso de normativa durante la realización del ejercicio; la duración y número de supuestos serán fijados por el órgano de selección previamente.

Es importante tener en cuenta que al menos una prueba se realizará mediante sorteo entre los temas del temario específico en el momento anterior a su realización, lo que garantiza aleatoriedad en la selección del ejercicio.

Consejos específicos para la preparación de la oposición:

  • Calendario y simulacros: planifica simulacros completos respetando las duraciones reales cuando estén publicadas. Entrena la atención y la velocidad en test tipo test aplicando la penalización del 25% por error.
  • Prácticos: prioriza la resolución de supuestos reales relacionados con mantenimiento de edificios, redacción de mediciones, certificaciones de obra y valoración económica —las funciones descritas en las bases son la guía directa del tipo de supuestos que te pedirán—. Practica con casos que incluyan cotejo normativo (CTE, LOE, normativa urbanística local).
  • Idiomas: si no tienes el C1 de catalán, organiza una preparación específica con práctica de comprensión oral y escrita y simulacros de entrevista con jurado; la prueba es eliminatoria y de difícil recuperación si se suspende.
  • Normativa: prioriza la Ley de Contratos del Sector Público, CTE, LOE, normativa de urbanismo de Catalunya y normativa local citada en el temario.

Fase de concurso

La fase de concurso tiene un valor máximo de 10 puntos y solo se valorarán los méritos debidamente acreditados por quienes superen la fase de oposición. Dispondrás de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de los resultados globales de la oposición para aportar la documentación que acredite tus méritos.

El baremo se estructura de la siguiente forma:

  • Experiencia profesional — hasta 6 puntos:
    • 1,75 puntos por año de servicios prestados en la administración local en funciones análogas.
    • 1,5 puntos por año de servicios prestados en otras administraciones públicas.
    • 0,75 puntos por año de servicios prestados en el sector privado.
  • Formación — hasta 4 puntos:
    • Titulaciones relacionadas: hasta 2 puntos (1 punto por grado/máster relacionado; 0,5 puntos por postgrado relevante).
    • Formación específica: acciones formativas de 4 a 20 horas: 0,10 puntos cada una; >20 horas: 0,20 puntos cada una; hasta un máximo de 1 punto (solo formaciones de los últimos 12 años).
    • Competencia digital (ACTIC u equivalente): nivel 1 = 0,50 puntos; nivel 2 = 0,75 puntos; nivel 3 = 1 punto. Solo se valora el certificado de mayor nivel.

No se valorarán méritos que coincidan con los requisitos de acceso ni aquellos insuficientemente justificados. En caso de duda, aporta siempre el documento oficial que acredite fechas, dedicación y funciones (certificados de vida laboral, certificados de la empresa o administración, títulos oficiales y programas de cursos con horas homologadas).

Análisis de la oposición y consejos prácticos

Esta convocatoria del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet para Arquitecto/a Técnico/a es una oportunidad atractiva para quien busca estabilizar su carrera profesional en la administración pública de Cataluña. A grandes rasgos:

  • Perfil de aspirante ideal: titulados en Arquitectura Técnica con experiencia en obra pública o mantenimiento de edificios municipales, conocimiento práctico del CTE y la normativa catalano-local, y dominio del catalán (C1).
  • Ventajas: estabilidad laboral, salario público competitivo, posibilidad de desarrollo interdepartamental (mantenimiento, regeneración urbana, licencias) y acceso a una bolsa de trabajo para contrataciones temporales.
  • Desventajas: alta exigencia en idiomas (C1 catalán), competencia en el turno libre y necesidad de acreditar méritos para sumar en la fase de concurso.

Estrategias de preparación (no genéricas):

  • Plan de estudio modular: divide tu preparación en bloques de 6–8 semanas: legislativo (contratación, administración local), técnico (CTE, patologías, mantenimiento), temario específico municipal (ordenanzas, PGM) y práctica (test + supuestos). Dedica las últimas 8 semanas a simulacros completos con corrección focalizada en los errores del test.
  • Prácticos reales: elige proyectos o partes de proyectos reales y redacta memorias, mediciones y certificaciones. Pide revisión a colegas o a profesionales con experiencia municipal. Practica la exposición oral breve de tu solución (simula la conversación con el tribunal).
  • Optimiza la fase de concurso: documenta desde el primer día tu experiencia (contratos, nóminas, certificados) y reúnete con recursos humanos para validar formatos. Prioriza acreditar años en la administración local (mayor puntuación por año) y cursos con certificación de horas. Si tienes ACTIC o equivalente, tráelo: puede marcar la diferencia en selección cerrada.
  • Idioma catalán: si no tienes C1, incorpora clases intensivas y sesiones de conversación con hablantes nativos para preparar la parte oral. Hacer exámenes de certificación oficiales en simulacro te prepara para la exigencia real del tribunal.
  • Tiempo y examen: en test tipo test prioriza seguridad frente a conjeturas: recuerda la penalización del 25% por error; ante la duda, si no puedes acotar, valora dejar sin responder en lugar de arriesgar la penalización.

Recomendaciones prácticas para el día a día administrativo del proceso:

  • Presenta la instancia dentro del plazo de 20 días hábiles desde la publicación en BOE y confirma la recepción en la OIAC o por vía telemática.
  • Guarda copias de todo y anota los plazos clave: publicación lista provisional (hasta 1 mes desde finalización del plazo), plazo de subsanación de 10 días hábiles para la lista provisional, y plazo de 10 días hábiles para aportar méritos tras pasar la oposición.
  • No olvides comprobar la web municipal y DOGC para anuncios y apéndices que aclaren tasas, lugares de examen y formatos admitidos para la documentación.

En resumen: la convocatoria del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet para las 4 plazas de Arquitecto/a Técnico/a combina una oposición con pruebas de idioma y supuestos prácticos y una fase de concurso con un baremo claro (experiencia y formación). Si reúnes la titulación, dominas el catalán y planificas tu preparación priorizando supuestos reales y acreditación documental de méritos, incrementarás sustancialmente tus opciones.

Te recomendamos acceder cuanto antes a las bases oficiales publicadas en el DOGC y en la web del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet para consultar los anexos completos, el temario pormenorizado y las fechas concretas. No olvides que la información completa y vinculante está en las bases oficiales; esta guía sirve como resumen práctico y estratégico para ayudarte a preparar y presentar tu candidatura con garantías.

Temario de la convocatoria para el puesto Arquitecto/a Técnico/a en el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet

Este temario tiene como objetivo proporcionar una guía completa sobre los contenidos y requisitos necesarios para la selección de personal en el ámbito de la arquitectura técnica. La evaluación se llevará a cabo mediante un sistema de concurso-oposición, donde se valorarán tanto los conocimientos teóricos como la experiencia práctica de los aspirantes.

Bloque I: Parte General

  • Tema 1: La Constitución Española de 1978. Título Primero, Capítulo I - II: Derechos y libertades. Sección 1ª: los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Capítulo II, Sección 2ª: De los derechos y de los deberes de los ciudadanos (arts. del 14 al 38).
  • Tema 2: El Estatuto de Autonomía de Cataluña: título II, Capítulo VI El Gobierno Local. Sección primera: Organización territorial local (arts. del 83 al 85). Sección segunda: El municipio (arts. del 86 al 88) y sección cuarta: La comarca y los otros entes locales supramunicipales (arts. 92 y 93).
  • Tema 3: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local. Título I Disposiciones Generales (artículos del 1 al 10). Título II El municipio: del Capítulo I Territorio y población (artículos 11 y 12) y del Capítulo II Organización (artículos del 19 al 24 bis, ambos incluidos).
  • Tema 4: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Título III Actos administrativos: capítulo I requisitos de los actos administrativos y capítulo II eficacia de los actos.
  • Tema 5: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Título II de la actividad de las administraciones públicas: La obligación de la Administración de resolver El silencio administrativo.
  • Tema 6: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Título III Actos administrativos capítulo III nulidad y anulabilidad.
  • Tema 7: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Título IV de las disposiciones sobre procedimiento administrativo común. Capítulos I a V.
  • Tema 8: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Capítulo IV. De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.
  • Tema 9: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Título preliminar, Capítulo II. Contratos del sector público. Libro segundo (De los contratos de las administraciones públicas), título primero, capítulo I, sección primera: de la preparación de los contratos de la Administración pública.
  • Tema 10: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Libro segundo (De los contratos de las administraciones públicas), título primero, capítulo I, sección segunda: de la adjudicación de los contratos de las administraciones públicas.
  • Tema 11: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Libro segundo (De los contratos de las administraciones públicas), Título primero, capítulo I, sección 3ª: de los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.
  • Tema 12: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Título I, Título II y Título III. Disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Bloque II: Parte Específica

  • Tema 13: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Objeto del contrato, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. (libro primero, título III).
  • Tema 14: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Solvencia y clasificación de las empresas. Medios de acreditación. Solvencia económica y financiera. Solvencia técnica en los contratos de obra. (libro primero, título II, capítulo II, sección 1, subsección 3 y 4, sección 2, subsección 3).
  • Tema 15: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Garantías exigibles en la contratación del sector público. (libro primero, título IV).
  • Tema 16: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El contrato de obras. (libro segundo, título II, capítulos II).
  • Tema 17: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El contrato de suministro y servicios. (libro segundo, título II, capítulos IV y V).
  • Tema 18: Decret 179/1995 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales. Título I. Capítulo 1 y 2. Obras locales. Disposiciones generales. Formación de proyectos de obras locales ordinarias.
  • Tema 19: Decret 179/1995 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales. Título I. Capítulo 3. Aprobación, modificación y revisión de los proyectos de obras locales ordinarias.
  • Tema 20: Decret 179/1995 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales. Título I. Capítulo 4. Ejecución y dirección de las obras.
  • Tema 21: La recepción de la obra. Intervención de la comprobación material de la inversión. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (LOE) artículo 6. Real decreto 424/2017 por el cual se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local, artículos 18, 19 y 20.
  • Tema 22: Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
  • Tema 23: Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE): objeto, ámbito de aplicación, estructura del CTE, clasificación de usos, condiciones generales para su cumplimiento, condiciones del proyecto, exigencias básicas y documentación del seguimiento de la obra.
  • Tema 24: Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE): Aplicaciones al mantenimiento de edificios existentes y de nueva construcción.
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