Convocatoria Arquitecto/a Técnico/a Ayuntamiento de Zarautz
2 Plazas de
acceso libre

Arquitecto/a Técnico/a

Sistema Concurso - Oposición

El Arquitecto Técnico en Ayuntamiento de Zarautz supervisa proyectos de construcción y mantenimiento municipal, controla calidad y seguridad, gestiona licencias urbanísticas, coordina equipos técnicos y asegura cumplimiento normativo en obras públicas, garantizando eficiencia y sostenibilidad en infraestructuras locales.

  • Entidad Ayuntamiento de Zarautz
  • Régimen Funcionario
  • Fin de plazo 15/07/2026
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Actualizado a junio del 2026

4 min de lectura

Convocatoria para 2 plazas de Arquitecto/a Técnico/a en Zarautz por concurso-oposición

El Ayuntamiento de Zarautz ofrece 2 plazas de Arquitecto/a Técnico/a en turno libre. El proceso selectivo combina oposición y concurso, con un perfil técnico y lingüístico C1 en euskera.

El sistema selectivo es concurso-oposición con pruebas eliminatorias y valoración de méritos. La convocatoria incluye bolsa de trabajo temporal para quienes superen al menos un ejercicio de la oposición.

Requisitos del proceso selectivo para Arquitecto/a Técnico/a

Para participar debes cumplir los requisitos comunes a cualquier oposición pública y además tener una titulación universitaria relacionada con arquitectura técnica o ingeniería de edificación, y acreditar el nivel C1 de euskera.

  • Titulación universitaria: Grado en Arquitectura Técnica, Ingeniería de Edificación, Ingeniería Civil o equivalente pre-Bolonia (Aparejador/a, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico de Obras Públicas).
  • No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal del puesto.
  • Acreditar el perfil lingüístico C1 en euskera, bien mediante la prueba del proceso o documentación válida según normativa.
  • Mantener los requisitos hasta la toma de posesión.

Los requisitos deben cumplirse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto el nivel de euskera que puede acreditarse durante el proceso.

Fases del proceso selectivo: cómo se evalúa y qué debes preparar

El proceso consta de una fase de oposición con cinco ejercicios eliminatorios y una fase de concurso para valorar experiencia y formación, sumando hasta 20 puntos en concurso.

  1. 01

    Inscripción

    Se presentarán las solicitudes según lo previsto en las bases generales y a través del modelo oficial disponible en el Ayuntamiento o sede electrónica.

  2. 02

    Admisión

    La admisión de aspirantes se realizará conforme a la normativa general y específica.

Fase de oposición (100 puntos)

Cinco ejercicios eliminatorios que evalúan conocimientos teóricos, prácticos, psicotécnicos y euskera para quienes no acrediten el nivel C1.

  • Primer ejercicio: tipo test

    Consiste en un cuestionario de 55 preguntas de respuesta alternativa sobre el temario general, con 10 puntos máximo y mínimo de 5 puntos para superar.

    La puntuación se calcula con fórmula que penaliza errores y no se consideran errores las preguntas sin contestar.

    Es obligatorio y eliminatorio.

    Conviene practicar la precisión y rapidez para evitar penalizaciones.

  • Segundo ejercicio: desarrollo teórico

    Preguntas escritas sobre temario general y específico, con preguntas del 5 al 14 en euskera obligatoriamente, por el perfil lingüístico C1 vencido.

    Se califica hasta 30 puntos, con mínimo de 15 puntos para superar.

    Se valora corrección, adecuación, integridad y precisión en las respuestas.

    Es clave dominar el euskera técnico y el temario específico para esta prueba.

  • Tercer ejercicio: prueba práctica

    Desarrollo escrito de supuestos prácticos relacionados con el temario y funciones del puesto.

    Duración máxima 4 horas y uso permitido de textos legales.

    Se califica hasta 40 puntos, con mínimo de 20 puntos para superar.

    Se evalúa capacidad de análisis, aplicación razonada de conocimientos y exposición estructurada.

    Es fundamental practicar supuestos prácticos y manejo normativo.

  • Cuarto ejercicio: pruebas psicotécnicas

    Incluye test y entrevista personal para evaluar competencias profesionales, trabajo en equipo, comunicación y actitudes.

    Se califica como Apto o No Apto.

    Es eliminatorio.

    Preparar aspectos actitudinales y competencias transversales.

  • Quinto ejercicio: prueba de euskera

    Obligatoria para quienes no acrediten el perfil lingüístico C1 previamente.

    Se realiza conforme a la base general 9.3.

    Es eliminatoria.

    Preparar el nivel C1 para superar esta prueba si no se dispone de acreditación.

Fase de concurso (máx 20 puntos)

Se valoran experiencia profesional y formación relacionada con el puesto, con un máximo de 20 puntos.

  • Experiencia profesional (máx 15 puntos): 0,014 puntos por día en administración pública en puestos A2 como Arquitecto Técnico (hasta 15 puntos), y 0,007 puntos por día en empresa privada (hasta 7,5 puntos).
  • Titulaciones y formación (máx 5 puntos): hasta 2 puntos por titulaciones académicas superiores relacionadas con el puesto; hasta 3 puntos por cursos homologados de 10 o más horas relacionados con el ámbito funcional, valorados según duración y antigüedad.

La documentación para acreditar méritos se presentará al finalizar el proceso selectivo según las bases generales.

Análisis de la oposición y consejos prácticos para maximizar tus opciones

Convocatoria dirigida a titulados universitarios en Arquitectura Técnica o Ingeniería de Edificación, con dominio del euskera nivel C1, tanto para personas que ya trabajen en el sector público como para nuevos aspirantes.

Ventajas:

  • Bolsa de trabajo temporal para quienes superen al menos un ejercicio de la oposición.
  • Proceso selectivo con valoración equilibrada de méritos y pruebas eliminatorias.

Desventajas y retos:

  • Exigencia del nivel C1 de euskera con prueba eliminatoria para quienes no lo acrediten.
  • Pruebas prácticas y psicotécnicas que requieren preparación específica y dominio normativo.

Estrategias de estudio personalizadas y prácticas

  • Plan por ejercicios: Dedicar tiempo a dominar el temario específico y general, especialmente los temas de urbanismo y normativa local. Practicar test tipo test con penalización y ejercicios prácticos escritos para mejorar precisión y razonamiento.
  • Preparación del euskera: Preparar el nivel C1 de euskera técnico, con especial atención a la terminología urbanística y ambiental, para superar la prueba escrita y oral si no se dispone de acreditación previa.
  • Documentación de méritos: Organizar y acreditar la experiencia profesional detalladamente, especialmente en administración pública, y recopilar cursos homologados relacionados con urbanismo y medio ambiente para maximizar puntos en concurso.
  • Simulación de pruebas psicotécnicas: Practicar test psicotécnicos y entrevistas personales orientadas a evaluar competencias profesionales, trabajo en equipo y actitud positiva ante cambios.

Consulta siempre las bases oficiales en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa y la web del Ayuntamiento de Zarautz para confirmar plazos, requisitos y detalles del proceso.

Preguntas frecuentes

¿Qué titulación necesito para presentarme a esta convocatoria?

Se requiere Grado en Arquitectura Técnica, Ingeniería de Edificación, Ingeniería Civil o titulaciones equivalentes pre-Bolonia como Aparejador/a o Arquitecto Técnico.

¿Es obligatorio acreditar el nivel C1 de euskera para participar?

Sí, es requisito acreditar el perfil lingüístico C1, bien mediante la prueba del proceso o documentación válida según la normativa vigente.

¿Cómo se valora la experiencia profesional en la fase de concurso?

Se valora con 0,014 puntos por día trabajado en administración pública en puestos A2 y 0,007 puntos por día en empresa privada, con un máximo de 15 y 7,5 puntos respectivamente.

¿Qué ocurre si no supero todas las pruebas de la fase de oposición?

Si no se superan todas las pruebas eliminatorias, no se obtiene plaza, pero si se supera al menos un ejercicio, se podrá formar parte de una bolsa de trabajo temporal.

¿Cuánto dura el periodo de prácticas tras el nombramiento?

El periodo de prácticas y formación tiene una duración de 6 meses y es eliminatorio para el nombramiento definitivo como funcionario/a de carrera.

¿Puedo presentar méritos para la fase de concurso después de la oposición?

Sí, la documentación acreditativa de los méritos debe presentarse al finalizar el proceso selectivo según lo establecido en las bases.

Temario de la convocatoria para el puesto Arquitecto/a Técnico/a en el Ayuntamiento de Zarautz

El temario corresponde a la convocatoria para la provisión por turno libre y concurso-oposición de dos plazas asociadas al puesto de Arquitecto/a Técnico/a en el Ayuntamiento de Zarautz. El proceso selectivo se desarrolla mediante un sistema de concurso-oposición que incluye una fase de oposición con ejercicios eliminatorios y una fase de concurso para valorar méritos. El temario está dividido en dos anexos: el Anexo I contiene el temario específico dividido en bloques temáticos, y el Anexo II describe las características de los puestos adscritos a las plazas convocadas.

Anexo I: Temario específico

  • A. Legislación sobre Suelo y Urbanismo
  • 1. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Título I Capítulo III: Estatuto jurídico de la propiedad del suelo. Capítulo IV: Estatuto básico de la promoción de las actuaciones urbanísticas. Título III: El Informe de Evaluación de los Edificios. Título VI: Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial.
  • 2. Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Título II: Clasificación, calificación y régimen del suelo. Título III: Ordenación y planeamiento urbanístico.
  • 3. Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Título V: Ejecución de la ordenación urbanística. Capítulo VI: Conservación de obras y construcciones.
  • 4. Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Título VI: Garantía y protección de la ordenación urbanística. Capítulo I: Principios generales. Capítulo II: Licencias urbanísticas. Capítulo III: Inspección urbanística. Capítulo IV: Disciplina urbanística.
  • B. Normativa municipal
  • 5. Plan General de Ordenación Urbana de Zarautz: Título 3: Régimen urbanístico general del suelo y la edificación. Título 5: Régimen de las licencias urbanísticas.
  • 6. Plan General de Ordenación Urbana de Zarautz. Título 6: Ordenanzas generales de usos. Título 7: Ordenanzas de edificación. Título 8: Ordenanzas generales de la urbanización.
  • 7. Plan General de Ordenación Urbana de Zarautz. Título 9: Regulación específica del suelo no urbanizable.
  • 8. Ordenanza municipal para regular las comunicaciones previas que facultarán para la ejecución o el ejercicio de actos de naturaleza urbanística sin licencia municipal previa.
  • 9. Ordenanza municipal de ruidos y vibraciones.
  • 10. Ordenanza municipal reguladora de las condiciones a cumplir por los locales de hostelería, de espectáculos públicos y de juego.
  • 11. Ordenanza municipal reguladora de la ubicación de establecimientos de hostelería, actividades recreativas y otros con horario de funcionamiento nocturno.
  • 12. Ordenanza para la construcción de chabolas destinadas a actividades agropecuarias de ocio, en suelo no urbanizable.
  • 13. Ordenanza municipal del cambio de uso de locales a viviendas.
  • 14. Ordenanza reguladora del uso especial y de la prohibición de aparcamiento en una zona de la vía pública para acceso a garajes y locales particulares o para carga y descarga.
  • C. Medio ambiente y actividades
  • 15. Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi. Título IV: Ordenación de las actividades con incidencia en el medio ambiente.
  • 16. Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi. Título V: Evaluación ambiental. Capítulo I: Disposiciones comunes a la evaluación ambiental estratégica y a la evaluación de impacto ambiental. Capítulo III: De la evaluación de impacto ambiental de proyectos.
  • 17. Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi. Título VII: Inspección y control ambiental. Capítulo II: Inspección ambiental. Título VIII: Restauración de la legalidad ambiental y responsabilidad por daños medioambientales. Capítulo I: Restauración de la legalidad ambiental.
  • 18. Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi. Disposición final primera: Modificación del artículo 7.c).6 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus territorios históricos. Disposición final séptima: Modificación de la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
  • 19. Decreto 171/1985, de 11 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de carácter general, de aplicación a las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a establecerse en suelo urbano residenciales.
  • 20. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
  • 21. Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
  • 22. Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo. Capítulo II: Instrumentos para conocer y controlar la calidad del suelo. Capítulo III: Obligaciones de las personas físicas o jurídicas poseedoras y propietarias de suelos. Capítulo IV: Declaraciones en materia de calidad del suelo.
  • 23. Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (salvo anexos).
  • 24. Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • 25. Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas. Título II Capítulo II: Requisitos y condiciones de espectáculos y locales. Título III: De la intervención administrativa. Título IV: Vigilancia, control e inspección.
  • 26. Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas. Capítulo II: Condiciones de los lugares de celebración. Capítulo IV: Horarios. Capítulo VIII: Títulos habilitantes de establecimientos públicos. Capítulo X: Títulos habilitantes para la celebración de espectáculos y actividades recreativas. Capítulo XI: Mantenimiento, inspección y control.
  • 27. Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia.
  • D. Normativa técnica sobre edificación y urbanización
  • 28. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación.
  • 29. Decreto 80/2022, de regulación de las condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Capítulo I: Disposiciones generales. Capítulo II: Condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño. Anexo I: Condiciones mínimas de habitabilidad de viviendas y alojamientos dotacionales.
  • 30. Ley 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad. Título I: Medidas para garantizar la accesibilidad.
  • 31. Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.
  • 32. Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
  • 33. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Parte I Capítulo I: Disposiciones generales. Capítulo II: Condiciones técnicas y administrativas. Capítulo III: Exigencias básicas.
  • 34. Código Técnico de Edificación. Parte I. Anejo I: Contenido del proyecto. Anejo II: Documentación del seguimiento de la obra. Anejo III: Terminología.
  • 35. Código Técnico de Edificación. Documento básico CTE-DB-SS - Seguridad en caso de incendio. CTE-DB-SI - Seguridad en caso de incendio. CTE-DB-SUA - Seguridad de utilización y accesibilidad. CTE-DB-HR - Protección frente al ruido. CTE-DB-HS - Salubridad. CTE-DB-HE - Ahorro de energía.
  • 36. Decreto 117/2018, de 24 de julio, de la inspección técnica de los edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Capítulo I: Disposiciones generales. Capítulo IV: Procedimiento de la inspección técnica de los edificios. Capítulo V: Plan de uso y mantenimiento. Capítulo VI: Incumplimientos y régimen sancionador.
  • 37. Certificación de la eficiencia energética: Decreto 25/2019, de 26 de febrero, de la Comunidad Autónoma Vasca, y Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.
  • 38. Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus modificaciones (Real Decreto 238/2013 y Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo).
  • 39. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Reglamento electrotécnico de baja tensión. ITC-BT-03: Empresas instaladoras en baja tensión. ITC-BT-04: Documentación y puesta en servicio de las instalaciones. ITC-BT-05: Verificaciones e inspecciones. ITC-BT-011: Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas. ITC-BT-012: Instalaciones de enlace. Esquemas. ITC-BT-013: Instalaciones de enlace. Cajas generales de protección. ITC-BT-016: Instalaciones de enlace. Contadores: ubicación y sistemas de instalación.
  • E. Seguridad y Salud en obras
  • 40. Ley 31/1995, de 8 de febrero, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulo I: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo III: Derechos y obligaciones.
  • 41. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Estudios de seguridad y salud en las obras. Nombramiento de coordinadores en materia de seguridad y salud.
  • F. Otra normativa
  • 42. Decreto Foral Normativo 1/2006, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Norma Foral de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa. Título IV: Normas sobre uso de las zonas colindantes con las carreteras y caminos.
  • 43. Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Título VI: Régimen de protección y condiciones de uso y edificación de las zonas inmediatas a la línea férrea.
  • 44. Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y posteriores modificaciones. Título I Capítulos II y III: Limitaciones a los usos en la zona de flujo preferente en suelo rural. Título II Capítulo II Sección 6: Actividades en la zona de policía.
  • 45. Reglamento General de Costas, de 10 de octubre de 2014. Título II Capítulo II: Servidumbres legales.

Anexo II: Características de los puestos adscritos a las plazas convocadas

  • Arquitecto/a Técnico/a 1.1.57 (dotaciones 2 y 3). Subgrupo: A2.
  • Titulación: Grado en Arquitectura Técnica, Grado en Ingeniería de la Edificación, Grado en Edificación, Grado en Ingeniería Civil; o en caso de la titulación pre-bolonia, Aparejador/a, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica de Obras Públicas.
  • Fecha de preceptividad: 26/09/2024 y 25/01/2008.
  • Perfil lingüístico: C1.
  • Complemento de destino: 21.
  • Complemento específico: 25.815,74 €.
  • Dedicación/disponibilidad: No corresponde.
  • Objetivo fundamental del puesto o misión: Organizar y gestionar las actuaciones relacionadas con la asesoría técnica del departamento de Urbanismo y Medio Ambiente, emitiendo informes en relación a actuaciones del ayuntamiento, todo ello de acuerdo con la normativa vigente y las directrices del/la Responsable del Departamento.
  • Funciones básicas: Asesorar técnicamente en general a la corporación y al jefe del servicio, al concejal responsable del área y a las comisiones informativas en particular cuando sea requerido/a para ello respecto a las licencias urbanísticas, actividades, disciplina urbanística y medio ambiente en general; participar y asesorar en la redacción y/o revisión de las ordenanzas de planes urbanísticos y redactar y/o informar sobre ordenanzas y reglamentos vinculados a urbanismo, actividades y medio ambiente; redactar informes y documentos en los que sea necesaria su intervención; responsabilizarse técnicamente de la tramitación y el impulso de expedientes asignados; informar sobre aspectos relacionados con actividades y cumplimiento de medidas correctoras; redactar informes, propuestas de acuerdos y documentos relacionados con licencias urbanísticas, actividades, disciplina urbanística y medio ambiente; dar instrucciones y supervisar bases de datos y registros relacionados con edificaciones, actividades clasificadas y/o exentas, locales destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas; colaborar en la redacción y supervisión de planes, ordenanzas y reglamentos en materias competencia del servicio; colaborar con otros departamentos municipales, especialmente con Obras Públicas, Infraestructuras y Servicios; informar y participar en expedientes del servicio; crear y actualizar registros de actividades clasificadas y locales destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas; realizar trabajos relacionados con conservación, seguridad, salubridad y ornato de edificaciones; realizar seguimiento de contratos de servicios; participar en la redacción de pliegos de contratación; gestionar expedientes complementarios o vinculados a contratos y subvenciones; realizar funciones en tribunales de oposiciones, mesas de contratación y propuestas para ordenanzas fiscales; asesorar técnicamente al Departamento de Obras Públicas, Infraestructuras y Servicios en aspectos técnicos relativos a proyectos de actividad de edificios públicos; realizar informes para tramitación de licencias de obras menores y licencias de actividad; inspeccionar obras en ejecución y realizar seguimiento hasta conclusión; planificar y programar inspección urbanística; iniciar e instruir expedientes de disciplina urbanística; inspeccionar obras acabadas para expedir cédulas de primera ocupación; asesorar a miembros del equipo de gobierno, responsable del departamento y personal municipal en materia urbanística; mantener reuniones con vecinos/as y otros interesados para responder consultas urbanísticas; participar en tribunales de selección de personal cuando sea requerido; realizar otras tareas encomendadas acordes con la cualificación requerida para el puesto.

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