Convocatoria Diplomado Empresariales Ayuntamiento de Ceuta
190 Plazas de
acceso libre

Diplomado Empresariales

Sistema Concurso-oposición

Gestiona y coordina áreas administrativas y económicas del Ayuntamiento de Ceuta, supervisa proyectos, elabora informes técnicos y financieros, asesora en planificación estratégica y colabora en la gestión de recursos públicos para garantizar eficiencia y cumplimiento normativo en la administración local.

  • Entidad Ayuntamiento de Ceuta
  • Régimen Funcionario
  • Fin de plazo 09/07/2026
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Actualizado a junio del 2026

4 min de lectura

Convocatoria para Diplomado en Empresariales en el Ayuntamiento de Ceuta: 190 plazas disponibles

El Ayuntamiento de Ceuta abre la convocatoria para 190 plazas de Diplomado en Empresariales, dirigida exclusivamente al personal laboral fijo que desempeña funciones propias de funcionario. El proceso es voluntario y busca transformar estos puestos en plazas de funcionario de carrera.

El sistema selectivo es concurso-oposición, con un 60% de peso en la oposición y 40% en el concurso. La fase de oposición es eliminatoria, pero quedan exentos quienes acrediten haber superado procesos selectivos previos. La convocatoria establece un plazo de 20 días hábiles para presentar solicitudes tras su publicación en el BOCCE.

Requisitos del proceso selectivo para Diplomado Empresariales

Para presentarte debes ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Ceuta en un puesto incluido en el catálogo definitivo de funcionarización y cumplir requisitos comunes como nacionalidad, capacidad funcional y no estar inhabilitado.

  • Ser nacional español o cumplir requisitos para nacionales de otros estados.
  • Tener capacidad funcional para el puesto.
  • No superar la edad máxima de jubilación forzosa.
  • No haber sido despedido o inhabilitado por expediente disciplinario en administraciones públicas.
  • Poseer la titulación de Diplomado en Empresariales o equivalente, con homologación si es extranjera.
  • Estar incluido en el Catálogo Definitivo de puestos susceptibles de funcionarización.
  • Mantener los requisitos hasta la toma de posesión.

El plazo para presentar solicitudes es de 20 días hábiles desde la publicación en el BOCCE. La tasa para este grupo es de 22,11 €, con exenciones y bonificaciones para desempleados, víctimas de violencia de género, discapacitados y familias numerosas.

Fases del proceso selectivo: cómo se evalúa y qué debes preparar

El proceso selectivo combina una fase de oposición eliminatoria valorada con un máximo de 60 puntos y una fase de concurso con un máximo de 40 puntos, basada en méritos profesionales y formación.

  1. 01

    Inscripción

    20 días hábiles desde la publicación en el BOCCE. Tasa de 22,11 €.

  2. 02

    Lista de admitidos

    Resolución en un mes tras cierre de solicitudes, con 10 días hábiles para subsanaciones.

  3. 03

    Ejercicio de oposición

    Fecha, hora y lugar publicados en el tablón de anuncios de la Ciudad.

  4. 04

    Publicación de aprobados

    En el tablón y BOCCE, con 20 días naturales para entrega de documentación.

  5. 05

    Toma de posesión

    En un plazo de 15 días naturales tras publicación del nombramiento, o 1 mes si implica cambio de residencia.

Fase de oposición (60 puntos)

Consiste en un ejercicio teórico-práctico eliminatorio de hasta 90 minutos, con evaluación detallada en seis criterios que suman 60 puntos.

  • Ejercicio único: desarrollo teórico-práctico

    El aspirante elige uno de tres ejercicios propuestos por el tribunal, con un límite máximo de 90 minutos para su realización.

    Se evalúan conocimientos, claridad, análisis, normativa aplicable, orden y corrección ortográfica, con puntuaciones parciales específicas.

    Se requiere un mínimo de 30 puntos sobre 60 para superar esta fase.

    El orden de actuación comienza por apellidos iniciados en 'U' y sigue alfabéticamente.

Fase de concurso (40 puntos)

Se valoran méritos profesionales y formación relacionados con el puesto, sin carácter eliminatorio.

  • Experiencia profesional (máx 30 puntos): 1 punto por cada año completo en el grupo o categoría, incluyendo situaciones asimiladas como excedencias o IT.
  • Formación académica (máx 4 puntos): según titulación superior a la exigida, desde 1 punto para bachiller hasta 4 para doctorado.
  • Formación profesional (máx 6 puntos): 0,05 puntos por cada 10 horas de cursos recibidos (máx 1000 horas) y 0,04 puntos por cada 10 horas impartidas (máx 250 horas), relacionados con el puesto.

Los méritos deben acreditarse antes del fin del plazo de presentación de solicitudes. La puntuación máxima es 40 puntos.

Análisis de la oposición y consejos prácticos para maximizar tus opciones

Esta convocatoria está dirigida exclusivamente al personal laboral fijo del Ayuntamiento de Ceuta que ocupa puestos susceptibles de funcionarización, con titulación de Diplomado en Empresariales o equivalente.

Ventajas:

  • Proceso restringido a personal laboral fijo, lo que reduce la competencia externa.
  • Acumulación de méritos profesionales y formación que puede mejorar la puntuación final.

Desventajas y retos:

  • La fase de oposición es eliminatoria y exige un mínimo de 30 puntos sobre 60.
  • Requiere mantener los requisitos durante todo el proceso y presentar documentación en plazos estrictos.

Estrategias de estudio personalizadas y prácticas

  • Plan por ejercicios: Prepara el ejercicio teórico-práctico enfocándote en la legislación vigente y el temario específico de la convocatoria, practicando la exposición clara y ordenada para maximizar la puntuación en todos los criterios.
  • Dominio del temario específico: Estudia a fondo los temas del Anexo III relacionados con Diplomado en Empresariales, especialmente la Constitución, Estatuto de Autonomía, función pública local y normativa de subvenciones.
  • Documentación de méritos: Recopila y organiza certificados de experiencia y formación relacionados con el puesto para la fase de concurso, asegurando que cumplan con los criterios de relación directa y acreditación objetiva.
  • Gestión de tiempos: Planifica la presentación de la solicitud y el pago de tasas dentro del plazo de 20 días hábiles para evitar exclusiones, y prepara la documentación para la toma de posesión con antelación.
  • Atención a adaptaciones: Si tienes discapacidad, solicita adaptaciones en la solicitud con el dictamen técnico correspondiente para garantizar condiciones igualitarias en la prueba.

Consulta siempre las bases oficiales publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta para confirmar detalles y fechas. Puedes acceder a la convocatoria completa en https://www.ceuta.es/ceuta/component/jdownloads/finish/1977-junio/23159-bocce-extra22-11-06-2026?Itemid=0.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta inscribirme?

La tasa de inscripción para el grupo A2, que incluye Diplomado en Empresariales, es de 22,11 €. Existen exenciones y bonificaciones para desempleados, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad y familias numerosas.

¿Quién puede presentarse a esta convocatoria?

Solo el personal laboral fijo del Ayuntamiento de Ceuta cuyo puesto esté incluido en el catálogo definitivo de funcionarización y que cumpla los requisitos de titulación y otros generales.

¿Cuál es el sistema selectivo y cómo se valora?

Es un sistema de concurso-oposición con un 60% de peso en la oposición y 40% en el concurso. La oposición es eliminatoria y requiere un mínimo de 30 puntos sobre 60 para aprobar.

¿Qué titulación necesito para presentarme?

Se exige estar en posesión del título de Diplomado en Empresariales o equivalente, con homologación si es extranjero.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?

El plazo es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCCE.

¿Qué pasa si no supero la oposición?

Si no superas la oposición, mantienes tu condición de personal laboral fijo y tu puesto de trabajo sin cambios en la relación laboral.

¿Hay adaptaciones para personas con discapacidad?

Sí, se pueden solicitar adaptaciones razonables para garantizar la igualdad de condiciones, debiendo aportar el dictamen técnico correspondiente en la solicitud.

Temario de la convocatoria para el puesto Diplomado Empresariales en el Ayuntamiento de Ceuta

Temario

  • GRUPO I
  • 1. La Constitución Española de 1.978: Estructura y contenido.
  • 2. Ciudad de Ceuta: Estatuto de Autonomía.
  • 3. Ciudad de Ceuta: Régimen jurídico, económico y financiero.
  • 4. El municipio. Su organización y competencias. El término municipal. La población. El empadronamiento.
  • 5. La función pública local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
  • 6. Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Objeto y ámbito subjetivo de aplicación. De los interesados: Capacidad, concepto y representación. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
  • 7. El acto administrativo. Requisitos y eficacia. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión.
  • 8. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas: Principios y procedimiento.
  • 9. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: Principios y procedimiento. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • 10. El Presupuesto General de las Entidades Locales. Las Bases de Ejecución. Elaboración y aprobación. Prórroga. Estructura presupuestaria.
  • 11. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. El principio de igualdad en el empleo público.
  • 12. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Políticas en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Derechos y obligaciones.
  • 13. Reglamento de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta de 23/11/2004. Modificación del Reglamento de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta de 24/09/2009.
  • 14. Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones. Objeto y concepto de subvención. Ámbito de aplicación subjetivo.
  • 15. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley. Régimen jurídico de las subvenciones.
  • 16. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.
  • 17. Órganos competentes para el otorgamiento de subvenciones. Beneficiarios y entidades colaboradoras. Obligaciones de los beneficiarios. Apreciación de la prohibición de obtener la condición de beneficiario o de entidad colaboradora. Alcance y duración de la prohibición cuando derive de la resolución de contratos. Registro de solicitantes de subvenciones.
  • 18. Obligaciones de las entidades colaboradoras. Convenios y contratos con las entidades colaboradoras.
  • 19. Bases reguladoras de la concesión de subvenciones. Publicidad de las subvenciones. Financiación de las actividades subvencionadas.
  • 20. Procedimiento de concesión de subvenciones. Tramitación anticipada. Subvenciones plurianuales.
  • 21. Procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva. Procedimiento de concesión directa.
  • 22. Financiación de las actividades. Aportación de financiación propia en las actividades subvencionadas. Comunicación de subvenciones concurrentes. Exceso de financiación sobre el coste de la actividad.
  • 23. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública. Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios. Justificación de las subvenciones públicas. Gastos subvencionables. Comprobación de subvenciones y comprobación de valores.
  • 24. Procedimiento de gestión presupuestaria. Pago de la subvención. Pérdida del derecho al cobro de la subvención. Devolución a iniciativa del perceptor.
  • 25. Procedimiento de aprobación del gasto y pago. Retención de pagos.
  • 26. Reintegro de las subvenciones. Procedimiento de reintegro.
  • 27. Invalidez de la resolución de concesión. Causas de reintegro. Naturaleza de los créditos a reintegrar. Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro. Procedimiento de reintegro y coordinación de actuaciones. Acreditación del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • 28. Control financiero de subvenciones. Objeto y competencias para el control financiero de subvenciones. Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios.
  • 29. Obligación de colaboración. Facultades del personal controlador. Deberes del personal controlador. Del procedimiento de control financiero. Documentación de las actuaciones de control financiero. Efectos de los efectos de control financiero.
  • 30. Infracciones administrativas en materia de subvenciones. Concepto de infracción. Responsables. Supuestos de exención de responsabilidad. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal. Infracciones leves. Infracciones graves. Infracciones muy graves.
  • GRUPO II
  • 1. Competencia para la imposición de sanciones. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones.
  • 2. Responsabilidades. Información y coordinación del Tribunal de Cuentas en materia de subvenciones. Colaboración de la Intervención General del Estado con otras administraciones públicas, en las actuaciones de control financiero de las subvenciones.
  • 3. Contratación de la colaboración para la realización de control financiero de subvenciones con Auditores privados. Ayudas en especie.
  • 4. Guía de subvenciones de la Ciudad de Ceuta. Documentación a presentar por la entidad beneficiaria para poder percibir una subvención en las subvenciones nominativas y documentación a presentar en las subvenciones de concurrencia competitiva.
  • 5. Documentación a presentar en la justificación.
  • 6. Tipología de gastos. Requisitos formales de la justificación. Gastos de personal. Personal con contrato laboral. Personal contratado en régimen de arrendamiento de servicios. Colaboraciones esporádicas. Personal voluntario. Gastos asociados a la actividad. Dietas y gastos de viaje.
  • 7. Otras fuentes de financiación. Alteración de las condiciones de la subvención.
  • 8. Justificación de las subvenciones. Documentación a presentar conforme a la Guía de Subvenciones.
  • 9. BDNS. Información sobre convocatorias y resoluciones de concesión recaídas en el artículo 20 de la LGS. Régimen de garantías.
  • 10. Publicidad de las subvenciones concedidas. Publicidad de la subvención por parte del beneficiario.
  • 11. Diferencia entre la BDNS y el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Datos públicos accesibles a todos los ciudadanos. Restricciones. Colisión con la Ley Orgánica de Protección de Datos Sanciones registradas en la BDNS públicas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
  • 12. Resolución 10/12/2015 de la IGAE por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatoria de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Suministro de la información de la convocatoria a la BDNS. Publicación del extracto en el Diario oficial. Subvenciones y ayudas carentes de convocatorias,
  • 13. Convocatoria en la BDNS. Información sobre la convocatoria a la que accede la BDNS. Resolución 9/12/2015 de la IGAE sobre contenido y periodicidad de la información a suministrar a la BDNS. Requisitos de forma que deben cumplir las Convocatorias y los extractos de las convocatorias registradas en la BDNS.
  • 14. Guía de Estilo para extractos de convocatoria de subvenciones publicada por la IGAE.
  • 15. Tratamiento de las bases reguladoras mixtas. Fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes. La convocatoria “instrumental”. Registro de las concesiones
  • 16. Extracto de la convocatoria según Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del BOE.
  • 17. Diferencia entre la BDNS y el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Datos públicos accesibles a todos los ciudadanos. Restricciones. Colisión con la Ley Orgánica de Protección de Datos Sanciones registradas en la BDNS públicas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Subvenciones sometidas a la retención del IRPF. Tratamiento de los premios en la BDNS. Gastos subvencionables para su remisión a la BDNS.
  • 18. Publicación de las convocatorias en el Diario Oficial. Elección del Diario Oficial en el que publicar la convocatoria. Tipo de información sobre la convocatoria a la que se accede desde la BDNS. Tiempo que tarda la BDN en transferir a un Diario oficial el extracto de una convocatoria. Plazos de remisión de la información en la BDNS.
  • 19. Requisitos de forma que deben cumplir las convocatorias para ser registradas en la BDNS. Requisitos de forma de los extractos de la convocatoria al ser registrados en la BDNS para su envío a Diarios Oficiales. Obligación de remitir datos estructurados, además de la convocatoria y el extracto de la misma.
  • 20. Tratamiento en la BDNS de las bases reguladoras mixtas. Fecha considerada de inicio para el plazo de presentación de solicitudes. Publicidad de la convocatoria en las subvenciones de concesión directa y nominativa. Registro de las subvenciones nominativas o concesión directa.
  • 21. Tipos de convocatorias en la BDNS. Detección de errores en el texto después de enviada una convocatoria a la BDNS. Plazo para la puesta a disposición de una convocatoria a través del SNPS. “Referencia externa” en las convocatorias y subvenciones.
  • 22. Diferencias entre el órgano concedente y el convocante. Concesiones, pagos, devoluciones y reintegros en la BDNS. Proyecto. Participantes. Instrumentos de una concesión.
  • 23. Registro en la BDNS de las concesiones plurianuales. Entradas dinerarias sin contraprestación. Pago de becas y prórrogas. Infracciones, sanciones e inhabilitaciones. Publicidad en la BDNS de las sanciones.
  • 24. Datos personales de beneficiarios y otros. Menores de edad. Ayudas de Estado y relaciones de la BDNS con la Unión Europea.
  • 25. Tipos de convocatorias en la BDNS. Convocatorias instrumentales. Convocatorias publicitadas antes del 01/01/2016. Convocatorias canónicas. Convocatorias de ayudas de estado.
  • 26. Modificación de los datos estructurados de una convocatoria de los documentos asociados. Modificación del extracto de una convocatoria. Anulación o eliminación de una convocatoria.
  • 27. Órgano obligado y órgano remitente. Peculiaridades en la remisión de información a la BDNS. Archivos anexos a una convocatoria.
  • 28. Resolución 7/12/2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y acreditación de órganos y usuarios de la nueva Base de Datos Nacional de Subvenciones: Objeto. Órganos de la BDNS.
  • 29. Resolución 7/12/2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y acreditación de órganos y usuarios de la nueva Base de Datos Nacional de Subvenciones: Tipología de Órganos: Gestor, Administrador y Cesionario.
  • 30. Resolución 7/12/2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y acreditación de órganos y usuarios de la nueva Base de Datos Nacional de Subvenciones: Los Usuarios en la BDNS. Tipología de usuarios: Administrador Institucional, Editor, Cesionario, Administrador de la BNDS.

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